La AFIP presentó ayer la reglamentación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) del 30% para las compras en dólares y sorprendió con el gravamen a los pasajes internacionales incluso aquellos comprados en Aerolíneas Argentinas.
Cuando se presentó el impuesto en un primer momento, el gobierno había adelanto que los pasajes de la aerolínea de bandera no iban a estar gravados por este impuesto por estar íntegramente en pesos, pero hoy se confirmó que no habrá diferencias en el tratamiento con las demás aerolíneas.
De esta forma todos aquellos que hayan comprado un pasaje internacional por Aerolíneas Argentinas el 23 de diciembre o una fecha posterior deberán pagar este impuesto del 30% incluso si la compañía en ese momento no lo cobró. Lo mismo sucederá con los pasajes comprados a agencias de viajes, de acuerdo a la Resolución 4659/2020 publicada en el Boletín Oficial.
Esto siempre y cuando el pago lo hayan realizado en pesos. Quienes hayan cancelado estos pagos en dólares no estarán alcanzados por el impuesto PAIS ya que solo rige para los pagos en moneda nacional. Se entiende que detrás hay implícita una compra de divisas en el mercado único libre de cambios (MULC).
Los contribuyentes que no lo pagaron oportunamente -por ejemplo si cancelaron la compra en efectivo y la empresa no se los cobró- deberán hacerlo de forma "autogestiva" en la página web de la AFIP generando un Volante Electrónico de Pago (VEP). Si el tributo fue pagado de forma parcial o incorrecta, también. El plazo para hacerlo es hasta el 25 del mes siguiente en el que debería haberse realizado la percepción.
Por eso, en el caso de que las compras hayan sido hechas con tarjeta de crédito es factible que en los próximos resúmenes les lleguen a los compradores el concepto de "impuesto PAIS" por las compras posteriores al 23 de diciembre. Las tarjetas de crédito y las agencias de viajes serán agentes de percepción.
"A los efectos de dicho ingreso, respecto de operaciones efectuadas mediante tarjetas de crédito, compra, prepagas y/o similares, los agentes de percepción y liquidación deberán considerar practicada la percepción en la fecha de cobro del resumen y/o liquidación, excepto en el supuesto de existir pagos efectuados por el adquirente, de manera previa a la fecha de cierre del resumen de cuenta o liquidación al que se pretende afectar, en cuyo caso esta última será considerada la fecha de percepción", señaló la AFIP.
Por eso, los compradores no saben si los pagos de los resúmenes de tarjeta de bienes adquiridos en el exterior con anterioridad al 23 de diciembre están gravados en función de la fecha de conversión de los dólares a pesos.
En Aerolíneas descartaron que los pasajes comprados con anterioridad al impuesto estén alcanzados, pese a que hayan sido pagados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Solidaridad, según indican desde la empresa lo que importa es la fecha de compra del pasaje.
En Aerolíneas descartaron que los pasajes comprados con anterioridad al impuesto estén alcanzados, pese a que hayan sido pagados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de Solidaridad: 'Antes del 23 de diciembre el impuesto no estaba vigente. Lo que importa es la fecha de compra'.
Así, los únicos pasajes al exterior que quedarán exentos del impuesto PAIS serán los que tengan por destino un país limítrofe y sean en micro. En consecuencia, ir a Uruguay en barco también está alcanzado por este impuesto.
En Buquebus, por ejemplo, no se observó estos días un aumento del 30% en los pasajes, pero en su central telefónica informan que el 30% ya está incluido. En cambio, en el desglose de pasajes de Colonia Express no figura el detalle del impuesto PAIS, pero la empresa no dio precisiones respecto de si está incluido o no el impuesto en el precio final que publica en su sitio web.